El pasado viernes, se publicó en el Diario Oficial la modificación del Código Penal de la Ley N° 21.153 para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos y/o de libre acceso.
Al respecto, la Seremi de la Mujer y la Equidad de Género en Los Ríos, Waleska Fehrmann, aseguró que “como Gobierno y desde nuestro Ministerio, celebramos la promulgación de esta modificación, lo cual es reflejo de que como país estamos avanzando en materia de respeto y seguridad para las niñas, adolescentes, mujeres y todas las personas que a diario se vean expuestas a este tipo de situaciones”.
Fehrmann también explicó que “esta modificación sancionará explícitamente tres conductas: la captación y/o difusión de imágenes de los genitales de otra persona en un lugar público y sin su consentimiento, el abuso sexual contra mayores de 14 años y que se realice por sorpresa, además de la penalización al acoso sexual en lugares públicos o de libre acceso al público sin el consentimiento de la víctima y que puedan provocar una situación intimidatoria hostil o humillante contra la víctima”.
En la misma línea, la jefa de la cartera en nuestra región agregó que “desde el Gobierno del presidente Sebastián Piñera, nos hemos planteado como prioridad la ejecución de una agenda de equidad de género que también sea capaz de incidir en aspectos legislativos como éste, cerrándole todas las puertas a la impunidad en cuanto a violencia se refiere. Estamos dando un paso muy importante como país, en señal del valor y el respeto que le damos a la persona humana; respeto que se transgrede cada vez que una persona pretende agredir la integridad, la dignidad y cruzar el consentimiento de niñas, adolescentes y de mujeres de Chile”.
De todas maneras, la seremi MMYEG Waleska Fehrmann, reiteró que “el llamado siempre será a denunciar cualquier hecho de violencia, física, sexual, económica o psicológica, a través de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y el Ministerio Público o consultar por medio de nuestro fono de orientación 1455, disponible las 24 horas, los 365 días del año”.
Cabe mencionar que antes de esta modificación al Código Penal, este contemplaba diversos delitos relacionados a acciones de carácter sexual, pero no incorporaba figuras que permitieran sancionar conductas distintas al contacto corporal.
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