El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, escuchó este miércoles los alegatos en la reclamación interpuesta por un grupo de habitantes de la ciudad de Valdivia en contra de la resolución del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que rechazó la solicitud de invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Edificio Estacionamiento Subterráneo, Plaza de la República, Valdivia”.
Durante los alegatos, uno de los puntos discutidos fue la calidad de interesados de los recurrentes en sede administrativa y, por tanto, si podían acceder al tribunal ambiental para obtener un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
Los reclamantes aseguraron que al ser habitantes y usuarios de la Plaza de la República, el SEA debió resolver el fondo del recurso de invalidación. Sin embargo, el organismo público argumentó que los reclamantes no justificaron el interés individual o colectivo existente en el proyecto, por lo que demostraron su legitimación en el proceso. Dicha postura fue apoyada por el titular del proyecto, Concesiones Valdivia S.A, que participó como tercero independiente.
Resguardo patrimonial
En la audiencia además se debatió sobre el impacto del proyecto en el patrimonio arqueológico existente en la Plaza de la República de Valdivia.
Los reclamantes alegaron que la RCA no resguarda correctamente el rescate y conservación de dichos restos y que el propio Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) rechazó el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) respectivo, debido a deficiencias en la línea de base arqueológica y en la propuesta de rescate y preservación de los restos.
El SEA, por su parte, sostuvo que la RCA plasmó como condiciones las exigencias impuestas por el CMN en el ámbito arqueológico. Según el organismo público, antes de iniciar las faenas, el titular del proyecto debe presentar un informe con la línea de base arqueológica corregida y con mejoras en el plan de rescate y preservación de los restos. Dicho informe deberá ser aprobado por el CMN y fiscalizado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), lo que a juicio del SEA resolvería las preocupaciones de los reclamantes.
Finalmente, Concesiones Valdivia S.A. aseguró que la reclamación sería improcedente, porque la institucionalidad ambiental motivó adecuadamente los actos de aprobación de la RCA y de rechazo del recurso de invalidación.
El Tribunal, integrado por los Ministros Sr. Iván Hunter Ampuero; Sr. Michael Hantke Domas y Sra. Sibel Villalobos Volpi, dejó la causa en acuerdo y designó al Ministro Sr. Hunter a cargo del proceso de redacción de la sentencia.
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