La Sala de la Cámara de Diputados despachó un nuevo proyecto de la agenda de seguridad al Ejecutivo para su promulgación como ley durante la jornada de este miércoles.
Se trata de una propuesta que establece con mejor precisión, criterios y principios orientadores en materia de determinación de la prisión preventiva.
La iniciativa modifica el Código Procesal Penal para esos fines. Se revisó en tercer trámite, donde se respaldaron la totalidad de las modificaciones del Senado, por 133 votos a favor y una abstención.
El proyecto se enfoca en el artículo del citado Código que establece las condiciones para que el tribunal, a petición del Ministerio Público o del querellante, decrete la prisión preventiva.
Dicha disposición declara que será plausible, cuando existan antecedentes calificados que permitan al tribunal considerar que la prisión preventiva es indispensable para el éxito de diligencias precisas y determinadas de la investigación.
De igual modo, cuando la libertad del imputado sea peligrosa para la seguridad de la sociedad o del ofendido. También si existe peligro de que el imputado se dé a la fuga.
El texto considera condicionantes para estimar si la libertad del imputado resulta o no peligrosa.
Así, establece que el tribunal deberá considerar, especialmente la gravedad del hecho; la gravedad de la pena asignada al delito; el número de delitos que se le impute y el carácter de éstos; la existencia de procesos pendientes; y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla o formando parte de una organización o asociación.
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