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Carabineros de Valdivia detuvo a personas que dormían frente al Coliseo Municipal

Por Roberto Cadagán / 25 de septiembre de 2024 | 16:42
Patrullas Mixtas adoptó el procedimiento. Crédito: @CarabLosRios
Individuos bebían alcohol y solicitaban dinero a los conductores en los semáforos de las cercanías.
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Carabineros de Valdivia informó hoy que, a solicitud de vecinos, efectivos de las patrullas mixtas detuvieron a ocho adultos que pernoctaban en las afueras del Coliseo Municipal.

Los hombres junto con ingerir bebidas alcohólicas en ese lugar y solicitan dinero en la calzada, interrumpiendo tránsito vehicular y generando inseguridad.

Según quienes transitan por el lugar era habitual ver a estos hombres desde hace meses solicitando dinero en el lugar a transeúntes y automovilistas. Del mismo modo es sabido el consumo de alcohol en el bandejón central de Avenida Pedro Montt.

Sanciones

En la legislación nacional se contempla una multa de hasta 1 UTM ($66.362, se acuerdo con el valor de la UTM de septiembre de 2024). Amonestación, cuando existan antecedentes favorables para el infractor.

El artículo 113 de la Ley Nº 19.814 prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o en lugares de libre acceso al público.

La contravención a esta prohibición será sancionada con alguna de las siguientes medidas:

1º amonestación.

2º multa de hasta una unidad tributaria mensual.

En todo caso, cumpliéndose ciertos requisitos, el juez podrá conmutar la multa impuesta por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad.

El infractor será citado para que comparezca ante el juez de policía local, pero podrá eximirse de concurrir si acepta haber cometido la contravención y la imposición de la multa. Se entenderá que acepta si consigna de inmediato la multa, reducida en un 25%, ante el jefe de la unidad policial, quien dará cuenta al juzgado de las citaciones cursadas y el dinero recaudado dentro de tercero día.

"Articulo 115. En los casos a que se refieren los dos artículos precedentes, si por las circunstancias de lugar, hora y clima, la presencia del infractor en el lugar representara una perturbación al orden público o un riesgo para su propia salud, podrá ser conducido a su domicilio, a un Servicio de Salud o a un cuartel policial, según resultara conveniente para fines de protección.

En caso que el afectado haya sido conducido a un cuartel policial, podrá ser mantenido en dichas dependencias hasta que recupere el control sobre sus actos, medida que no podrá prolongarse por más de seis horas.

La policía hará entrega del afectado a aquella persona que lo solicitara para conducirlo a su domicilio, bajo su responsabilidad, antes de que recupere el control sobre sus actos o venza el plazo señalado en este inciso."

 

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