La Corte de Apelaciones de Valdivia ratificó la sentencia que condena a la Universidad Santo Tomás, sede Osorno, al pago de indemnizaciones por el despido injustificado de la directora de la Escuela de Fonoaudiología. El tribunal rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la casa de estudios y confirmó el fallo emitido por el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno.
En una resolución unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por el ministro Juan Ignacio Correa Rosado, la fiscal judicial Gloria Hidalgo Álvarez y el abogado Iván Hunter Ampuero, desestimó las argumentaciones de la universidad. La sentencia concluyó que el despido carecía de justificación objetiva, ya que no se acreditó la supuesta necesidad de cerrar la sede en Osorno, argumento central en la carta de despido.
“El arbitrio anulatorio pretende que esta Corte valore nuevamente la prueba testimonial y documental, lo que no es procedente en el sistema recursivo laboral, que no contempla la apelación para sentencias definitivas”, indica el fallo. Además, se destacó la falta de pruebas para sustentar el cierre de la sede como una circunstancia objetiva e inevitable que justificara la desvinculación.
El fallo obliga a la universidad a pagar $7.775.942 como incremento del 30% de la indemnización por años de servicio y $4.917.666 por descuentos indebidos del aporte patronal al fondo de cesantía (AFC). También se ordena el pago de reajustes, intereses conforme al artículo 173 del Código del Trabajo, y las costas del juicio, fijadas en $1.250.000.
La Corte sostuvo que la universidad no logró demostrar hechos que justificaran el despido, consolidando la sentencia de primera instancia. Este caso subraya la importancia de fundamentar adecuadamente las razones de una desvinculación laboral para evitar sanciones legales.
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