La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Carlos Felipe Estay Pasmiño a la pena efectiva de 818 días de presidio, en calidad de cómplice del delito frustrado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en marzo de 2020.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada no dio lugar al recurso de apelación deducido por la defensa, que argumentó en que la participación de Estay Pasmiño en el delito fue en calidad de encubridor y no de cómplice.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que Estay Pasmiño, junto a otros tres condenados en la causa: Mauricio Neftalí Caro Nahuelpán, Michael Jonathan Espinoza Parra y Marcelo Álex López Herrera, se trasladó desde Santiago a Valdivia a bordo de un taxi y una furgoneta, con el objetivo de sustraer la mercadería que transportaba un camión de reparto de la empresa Bat Chile S.A. (ex Chiletabacos).
Durante la mañana del 4 de marzo de 2020, los condenados se reunieron en el sector de Paillao de la comuna de Valdivia, lugar en el cual se distribuyeron funciones. Espinoza Parra y López Herrera se dirigieron con armas de fuego a realizar el robo, mientras en el lugar quedaron a la espera del resultado del delito Estay Pasmiño y Caro Nahuelpán, quienes estaban a cargo de trasladarse al lugar del robo para sacar las especies del camión y cargarlas en la camioneta.
El grupo utilizó en el atraco vestimentas con el logo de la PDI, una baliza con sirena y un equipo inhibidor de señales de radio; además de un revólver cargado y apto para el disparo. Delito que se frustró debido a que el conductor activó los protocolos de seguridad de la empresa (botón de pánico y GPS), lo que permitió a la policía cercar el lugar y detener, finalmente, a los condenados.
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