La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la empresa Construcciones Ambientales Latinoamérica S.A., CALA, en contra del fallo dictado por el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad, que declaró legal las multas impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo.
Esto, tras la muerte de un trabajador en septiembre de 2021, quien realizaba labores en una excavación de la planta de tratamiento de la empresa Aguas Décima en Valdivia, obras a cargo de la constructora multada y que no contaba con las medidas de seguridad exigidas por la ley.
En fallo unánime (causa rol 34-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia, dictada el 19 de diciembre pasado por el magistrado David Silva Estrada, que rechazó la demanda de reclamación administrativa que buscaba dejar sin efecto cuatro multas:
-Por el no pago de horas extraordinarias,
-No informar a los trabajadores los riesgos de sus labores y la forma correcta de su ejecución,
-No tomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, y
-Por no suprimir los factores de peligro de aplastamiento por desprendimiento de material en la faena que terminó con vida del trabajador Óscar Eloy Carrasco Carrasco.
Las multas impuestas por el ente fiscalizador ascienden a un total de 160 UTM, cercana a los $10 millones.
Por lo tanto, concluye, que: "Se rechaza, el recurso de nulidad interpuesto por el abogado don Eduardo Díaz Zambrano en representación de Construcciones Ambientales Latinoamérica S.A., en contra de la sentencia definitiva dictada el treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós, en causa laboral rol I-52-2021 por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, declarándose que no es nula como tampoco el juicio del cual proviene", indica el fallo.
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